Soy pescador / trabajador del mar

Artículo 103

1. La  naturaleza  tiene  derecho  a  que  se  respete  y  proteja  su  existencia,  a  la  regeneración,  a  la  mantención  y a la  restauración  de  sus  funciones  y  equilibrios dinámicos, que comprenden los ciclos naturales, los ecosistemas y la biodiversidad.

2. El Estado debe garantizar y promover los derechos de la naturaleza

La industria acuícola es fundamental para el desarrollo del país. Por ello su regulación debe tender a su adecuado desarrollo, en armonía con el medio ambiente. No obstante, en la propuesta constitucional hay buenas razones para dudar de que se haya alcanzado el equilibrio entre estos dos temas. 

En primer lugar, grupos ambientalistas o la Defensoría de la Naturaleza podrían llevar a juicio a los pescadores si consideran que, por ejemplo, la cría y mantención de peces en piscifactorías son dañinas y riesgosas para el entorno marino y la naturaleza. El ecosistema marino podría llegar a estar más protegido que las personas que trabajan en él. 

Por otro lado, se permite al legislador regular por completo la industria, sin ningún tipo de límite o criterio que deba guiar dicha normativa. El único propósito de la regulación consiste en proteger los derechos y libertades del medio ambiente y la Naturaleza. Luego, podría limitarse severamente, mediante una ley simple, la libertad de emprender y trabajar en el rubro acuícola.

Artículo 134

5. El  Estado  podrá  otorgar  autorizaciones  administrativas  para  el  uso  de  los  bienes  comunes  naturales  inapropiables,  conforme  a  la  ley,  de  manera  temporal,  sujetas  a  causales  de  caducidad,  extinción  y  revocación,  con  obligaciones específicas de conservación, justificadas en el interés público, la protección de la naturaleza y el beneficio colectivo. Estas autorizaciones, ya sean individuales o colectivas, no generan derechos de propiedad.

Por cierto que en Chile tenemos un problema en cuanto al uso de aguas. Pero el nuevo Código de Aguas, promulgado en abril de 2022 luego de 11 años de tramitación, viene a resolver los puntos ciegos de la actual regulación. En este sentido, el Código dice que los nuevos derechos de aprovechamiento seguirán siendo propiedad de quienes los obtengan judicialmente, pero se establecen límites temporales, hasta por 30 años, prorrogables automáticamente, salvo que la Dirección General de Aguas (DGA) pruebe su no uso efectivo. Asimismo, se agrega el concepto de interés público como requisito de procedencia para la constitución de nuevos DAA.

Sin embargo, la propuesta nueva constitución echa por la borda el nuevo Código de Aguas y los años que costó su tramitación, para eliminar todos los derechos de aprovechamiento actuales y transformarlos en meras autorizaciones administrativas, sin mayor protección jurídica. Misma suerte podrían correr las concesiones de acuicultura, de las que existen centenares en Chile. 

Todo esto deja en una posición de incertidumbre a los trabajadores del rubro pesquero. ¿Se eliminan de inmediato los derechos de aprovechamiento y las concesiones de acuicultura? ¿Por qué dejar la constitución y revocación de estas autorizaciones en manos de un órgano administrativo que depende, en última instancia, del poder político? 

Artículo 131

1. Los  animales  son  sujetos  de  especial  protección.  El  Estado  los  protegerá,  reconociendo su sintiencia y el derecho a vivir una vida libre de maltrato.

2. El Estado y sus órganos promoverán una educación basada en la empatía y en el respeto hacia los animales.

En este punto cabe preguntarse qué significa la especial protección a la que tienen derecho los animales sintientes, y en qué se traduce en la práctica su derecho a vivir libre de maltrato. En Colombia, por ejemplo, en virtud de la especial protección de los derechos de los peces, se prohibió la pesca deportiva. El argumento fue que esta actividad afecta los derechos de los animales. Aún más, en ese país hay quienes buscan prohibir todo tipo de pesca. Pero volviendo a nuestro país, ¿podría limitarse la actividad pesquera a tal punto que sea muy difícil seguir ejerciéndola? Queda la duda.